Código de la Niñez y la Adolescencia en Uruguay ( Capítulo IX – De los niños y adolescentes)

CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA EN URUGUAY

Capítulo IX – De los niños y adolescentes


I) Órganos de competencia y principios procesales

Artículo 65 . (Competencia).- La competencia de los órganos jurisdiccionales en materia de niños y adolescentes es la que fija la Ley Nº 15.750 , de 24 de junio de 1985, con excepción de las siguientes modificaciones:

“ARTÍCULO 67.- Los Jueces Letrados de Menores entenderán en primera instancia en todos los procedimientos que den lugar las infracciones de adolescentes a la ley penal. Leer mas