ProvinciadeBuenosAires
LEY11.243
CODIGODEPROCEDIMIENTOPENAL INCORPORACIONDEL CAPITULO V –MEDIDA CAUTELAR-
El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de ley:
Artículo 1º.- Incorpórese como Capítulo V –Medida Cautelar- del Título II, Libro II, de la Ley 3589 –Código de Procedimiento Penal-, texto ordenado por Decreto 1174/86, el siguiente: