Ley de Promoción del Desarrollo Integral de la Juventud

LEY DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO INTEGRAL DE LA JUVENTUD
LEY
N° 392,
aprobada el 09 de Mayo del 2001

CAPÍTULO I
PRINCIPIOS GENERALES

Artículo1.- Esta Ley tiene por objeto promover el desarrollo humano de hombres y mujeres jóvenes; garantizar el ejercicio de sus derechos y obligaciones; establecer políticas institucionales y movilizar recursos del Estado y de la sociedad civil para la juventud.

Artículo 2.- Son fines de esta Ley los siguientes:

1. Reconocer a hombres y mujeres jóvenes como sujetos de derechos y obligaciones, así como,
promover aptitudes y capacidades que contribuyan a su desarrollo integral y los hagan participar
activamente en la vida socioeconómica y política del país.
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