Se crea un Consejo del menores que tiene autonomía técnica, comprende a los menores de entre 11 años y 18. La competencia del Consejo se surtirá atendiendo a la edad que hayan tenido los sujetos infractores, en la fecha de comisión de la infracción que se les atribuya; pudiendo, en consecuencia, conocer de las infracciones y ordenar las medidas de orientación, protección y tratamiento que correspondan, aun cuando aquéllos hayan alcanzado la mayoría de edad.
Ley para el tratamiento de menores infractores, para el distrito federal en materia común y para toda la República en materia Federal
LEY PARA EL TRATAMIENTO DE MENORES INFRACTORES, PARA EL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA COMÚN Y PARA TODA LA
REPÚBLICA EN MATERIA FEDERAL
Cámara de Diputados del H. Congreso de
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Centro de Documentación, Información y Análisis
Última Reforma DOF 25-06-2003
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de
TEXTO VIGENTE