Ley 13.634 de la Provincia de Buenos Aires sobre el fuero de familia y el de responsabilidad penal juvenil.
LEY 13.634 DE PROVINCIA DE BUENOS AIRES
el Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de Ley
TITULO I
PRINCIPIOS GENERALES DEL FUERO DE FAMILIA Y DEL FUERO PENAL DEL NIÑO
ARTICULO 1º: Serán aplicables a las causas seguidas respecto a niños, en cuanto no sean modificadas por la presente Ley, las normas del Decreto-Ley 7425/68 (Código Procesal Civil y Comercial) y de la Ley 11.922 (Código Procesal Penal).