El ciclo vicioso en la Violencia Familiar. Problemática y posibles soluciones.
Autoras: Dra. Susana Martinez Gavier – Dra. Juliana Erica Companys
Casi a diario, en nuestros tribunales, nos encontramos que mujeres víctimas de violencia familiar, y a quienes se les ha hecho lugar a las medidas contempladas en el art.21 de la ley 9283 – exclusión y/o restricción del victimario- solicitan que se permita el ingreso nuevamente a la casa, del agresor o que se deje sin efecto las medidas de restricción dispuestas para luego tiempo después volver a nuestros estrados solicitando la aplicación de las medidas que fueran impuestas y levantadas a su pedido.
En este punto y previo a entrar en el análisis del presente trabajo, podemos señalar que cuando hablamos de violencia la misma no sólo tiene su inmediata correlación entre mujer y hombre en relación de pareja, si no que la misma se hace extensiva a los vínculos familiares derivados de la relación parental directa o colateral, incluso en relaciones de noviazgo, que no generan vinculo legal, cabe señalar que el objeto del presente estará direccionado a la relación hombre-mujer, entendiéndolo en sus diversas relaciones (matrimonio, concubinato y aún noviazgo), dejando para otra oportunidad el estudio de las relaciones familiares propiamente dicha.
Vemos casos donde dos o tres o tal vez mas veces se procedió a la exclusión de hogar del agresor, y la víctima viene solicitando la inmediata incorporación del mismo, manifestando cosas como : “yo tengo la culpa, yo lo saco por eso me pega”, “me dijo que me quiere y que no lo va hacer mas”; “ahora que estoy embarazada me dijo que no me va a pegar”; “mis hijos lo necesitan y lloran” y tantas otras justificaciones a una actitud que no solo la lesiona a la víctima -en este caso nos refimos a la mujer que recibe los golpes-, si no también a las víctimas indirectas que son los hijos. Estos viven una situación de la cual difícilmente sin una actitud determinante de su madre puedan salir de allí.
Nuestra Ley 9283, de Violencia Familiar ha facilitado que mujeres totalmente oprimidas por la violencia se animen a denunciar al golpeador, pero consideramos que ha quedado un vacío a nivel práctico y es la falta por parte del Poder Ejecutivo en crear Programas de Erradicación de la Violencia Familiar, como lo indica el art. 33 inc. g) de la citada ley que establece tratamientos especiales de rehabilitación y reinserción, tanto para el agresor como para las víctimas.
Si bien es cierto que en la ciudad de Córdoba se creo la Dirección de Violencia Familiar, consideramos que esta no es suficiente atento que en el interior de la provincia no se cuenta con todos los medios para el adecuado tratamiento de las víctimas, como de su entorno y aún del victimario.
No obstante ello, si bien tienen la posibilidad de concurrir a dicha dirección en la ciudad de Córdoba, la voluntad de las victimas, la concientización de la problemática por parte de la misma, su propia valoración, unido a las distancias que deben recorrer, los gastos para dicho traslado, la carencia de medios económicos en muchas oportunidades, se torna difícil y aún imposible, un adecuado y completo tratamiento ya que el mismo no es mantenido ni sostenido en el tiempo, no permitiendo una evolución integral de las victimas frente a la problemática planteada.
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belén do Pará”, ratificada por nuestro país el 10/06/1994, en su articulo 8, dispone que “… los Estados partes convienen en adoptar…, programas para: d…Suministrar los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia, por medios de entidades de los sectores públicos y privados, inclusive refugios, servicios de orientación para toda la familia, cuando sea del caso, y cuidado y custodia de los menores afectados; …f. ofrecer a la mujer objeto de violencia acceso a programas eficaces de rehabilitación y capacitación que le permitan participar plenamente en la vida pública, privada y social…”[1]
Vamos a ver como se da la dinámica de la violencia familiar para poder entender la importancia de un buen tratamiento no sólo para el agresor sino especialmente para la víctima.
Así podemos decir que dicha violencia se presenta como cíclica, abarcando tres fases con características bien definidas: 1º) Acumulación de tensión; 2º) Liberación de dicha tensión; y la 3º) Arrepentimiento o luna de miel. Ello nos permite comprobar la conducta de la víctima toda vez que la misma no denuncia, no defiende, llegando a minimizar la situación que afronta, para luego muchos casos llegar a perdonar basada en la idea que es la responsable de los hechos, otorgando nuevas oportunidades al agresor. Otro rasgo de dicha violencia esta dado por rasgos culturales dominantes que definen las relaciones entre el hombre y la mujer. Resulta también de la idea de superioridad masculina fundados en una sociedad patriarcal. La utilización de la violencia como poder de dominación y subordinación del presuntamente más débil. La violencia no es excluyente de una clase social, si no de todas y aparece en todas las etapas del ciclo vital. Es ideológica, ya que la mujer justifica la violencia como algo necesario en el desenvolvimiento de su vida. La violencia no sólo tiene presencia en la agresión física, si no que la misma se desarrolla en el leguaje cotidiano y aun en la broma, debiéndose tener en cuenta que la violencia no es algo natural, si no que es una conducta aprendida desde el vínculo familiar directo y desde la sociedad misma.
La persona abusada se vuelve codependiente de su marido (el agresor), aún después de ser golpeada. Es frecuente escuchar esta frase: “Es que yo lo quiero tanto“. Personas que llevan años soportando golpes dicen: “Yo no me separo porque lo quiero“.
La mujer no puede dejar de pensar en las situaciones vividas, continuamente se repite a si misma que esto es producto de sus defectos, que ella tiene la culpa de lo que sucede. No consigue relajarse, llevándola a un estado de tensión cada vez mayor aumentando su frustración, llegando a la situación en que la baja autoestima la lleva a pensar que ella hizo algo malo, para que esto le este sucediendo; y si no lo puede frenar es por que merece este castigo. Frente a todo ello y a los fines de sobrevivir a dicha violencia desarrolla en diversas ocasiones mecanismos de defensa que distorsionan la realidad, deforman los hechos, niega el peligro que corre, no registra el dolor, llegando a justificar la violencia por la violencia misma. En esta relación el hombre tiene un poder excesivo y la mujer disminuye cada vez más el propio; se genera una necesidad cada vez mayor respecto del miembro poderoso y un fuerte vinculo afectivo de carácter simbiótico convirtiendo la dependencia emocional en algo destructivo.
Otro motivo por el cual algunas mujeres no se separan de este problema de codependencia, es que las anima la familia, su religión, distintos tabúes como “esta mal ser divorciada”, sobre todo en personas de mayor edad, y así permanecen con el abusador. Sobre todo la familia les aconseja que mantengan esa relación por “el bien de tus hijos”. “¿Cómo vas a dejar a tus hijos sin padre?“, les dicen.
¿Qué es mejor, tener un padre que golpea a su madre y que luego golpeará a sus hijos, o no tener padre? Se les hace mucho más daño a los hijos cuando ven que su padre golpea a su madre. Para los niños pequeños la madre es la base de toda su vida, la base de su afectividad, la base de su seguridad. Si una madre es golpeada, sus hijos se derrumban afectivamente. A veces las mujeres no se separan y sufren en silencio por miedo a perder su seguridad económica y la de sus hijos. Esto sucede sobre todo en la mujer que no tiene educación ni medios de subsistencia propia.
Otras veces no se separan debido a las amenazas de más violencia o de muerte, si intentan separarse, con argumentos tales como “Si le dices algo a la policía te mato“.
Cuando se pregunta a algunas mujeres por qué aguantaron maltrato durante años, la respuesta más común en ellas es ésta: “Por mis hijos; no quería que se criaran sin un padre“. Parece una respuesta válida, pero si la analizamos profundamente descubrimos su inconsistencia. Sucede que en una situación de violencia los hijos también sufren. El crecimiento en una atmósfera de miedo, tensión y terror influirá negativamente en su desarrollo emocional y más tarde se manifestará en el abandono escolar, en el uso de drogas, en desórdenes psicológicos y en violencia y delincuencia.
En muchos casos influye el factor económico. Soportan cuanta vejación venga con tal de no perder la seguridad económica para sí y sus hijos. Se trata generalmente de mujeres con poca preparación académica, conscientes de que sin el marido no podrían vivir cómodamente.
La violencia que se ejerce sobre la mujer no sólo esta basada en el abuso físico –golpes, contusiones, patadas, puñetazos o agresiones con objetos idóneos-, si no que también la misma se configura a través de los abusos psicológicos por medios de insultos, humillaciones y criticas todo lo cual produce daño y deterioro de la personalidad, como así también de la violencia económica generando en la mujer una dependencia total hacia el agresor, ubicando al mismo como único sostén de la familia. Dicha dependencia se convierte en algo destructivo, porque la posibilidad de salir de esa situación es mas reducida en la medida que la dependencia reforzada por la omnipotencia del hombre y por la mezcla del miedo y esperanza de la mujer, la convierte en una verdadera esclava; en muchos casos esa degradación es revertida por la misma hacia otras personas de menor poder, por ejemplo sus hijos, reproduciendo la opresión del mas fuerte hacia el más débil.
Las mujeres que aguantan una relación abusiva indefinidamente acaban perdiendo su salud física y mental, se enferman, toda la familia termina enferma. Las mujeres en situaciones abusivas pierden su autoestima. No saben protegerse, ni se dan cuenta del peligro que corren.
La psicóloga estadounidense Leonore Walker, postula la teoría del “SINDROME DE LA MUJER MALTRATADA”, señalando que “… hay varias razones por lo que las mujeres regresan con el maltratador a pesar de las medidas dispuestas desde tribunales. La primera es que normalmente hay un promedio de tres tentativas de la mujer maltratada de recuperar la relación. Se debe a que se aman. La mujer ama al hombre y el hombre ama a la mujer. La mujer fundamentalmente está convencida de que la relación va a volver a esa situación inicial de enamoramiento que tenían antes. La cultura nos enseña que normalmente las mujeres lo podemos hacer mejor. Otro factor es que para una mujer que tiene hijos es siempre más complicado salir de la relación, que permanecer. Ella piensa que si decide irse tiene menos posibilidades de proteger a sus hijos. Además, normalmente el momento más peligroso es a partir de la separación…”. Entiende “… que el primer paso quizás no sea sólo el tema de endurecer las penas o imponer más restricciones, sino también que la mujer, desde el primer momento de la denuncia, pueda acceder a una terapia. El principal problema al que nos enfrentamos es que la mayoría de las mujeres no acaban la terapia….” [2]
Ante lo expuesto precedentemente, nuestra intención es marcar los objetivos a fin de evitar la reiteración de la violencia de la que es objeto la mujer, siendo necesario como primer objetivo que la victima asuma su carácter de tal, intente superar dicha situación a través de tratamientos como así también la continuidad en los mismos, logrando superar su condición de “autora y participe necesaria” de esa situación de violencia, permitiéndole enfrentar la vida con herramientas que le faciliten avanzar en la vida desde otra perspectiva.
La propuesta presentada se basa en poder tratar más que al agresor a la víctima, a estas mujeres que una y otra vez vuelven a ingresar a esta relación enfermiza de la cual no pueden salir.
Estas mujeres víctimas, naturalizan la situación vivida.
Como segundo paso deberíamos hacer que ellas puedan visualizar esto como un problema, como que realmente hay otra forma de vivir y hay otra forma de resolver los conflictos, y que dejar sin efecto la medida (sea exclusión o restricción de contacto) es reingresar a una situación cada vez más violenta, donde el victimario toma aún más poder sobre la víctima, porque sabe que aunque lo denuncie ella va a volver a buscarlo, generando una patología de dependencia con el agresor.
Una investigación realizada por el Cuerpo Auxiliar Técnico Multidisciplinario de la Ciudad de Córdoba en el año 2008-2009, muestra que tan sólo el 29,8% de los denunciantes (victimas) han realizado terapia individual y el 11,7% ha realizado consultas a profesionales de la salud. [3]
La Ley de Violencia Familiar, en su articulo 33, inc. g, establece dentro de las Políticas Publicas de Prevención la creación de un Programa de Erradicación de la Violencia Familiar, el que contendrá las siguientes acciones:…g) Establecer tratamientos especiales de rehabilitación y reinserción, tanto para el agresor como para las víctimas.
En función de dicha política, el Gobierno de la Provincia de Córdoba, ha dado cumplimiento a dicha norma a través de la creación de la Dirección de Violencia de la Secretaría de la Mujer, Niñez, Adolescencia y Familia, como así otros programas a los fines de paliar estas situaciones de violencia, en la que no sólo son las victimas las madres si no también los hijos.
La Dra. Aida Kemelmajer de Carlucci entiende “…que la violencia intrafamiliar es un problema que afecta no sólo a quienes la sufren si no a la sociedad en su conjunto. Las consecuencias psíquicas en el individuo, la impunidad de los golpeadores, el desarrollo defectuoso de los niños que son victimas o viven en un clima de violencia, tienen indudablemente, un importante impacto social. La violencia familiar y sus nefastas consecuencias no distinguen entre clases sociales, niveles culturales, ni edades. Por eso, la búsqueda de soluciones reales debe encararse a partir de la tarea conjuntas de todos los sectores: poderes ejecutivos, legislativos y judicial; escuelas, municipios, organizaciones de la sociedad civil, etc. La insuficiencia del régimen argentino se visualiza cotidianamente, en muchas ocasiones el juez no tiene posibilidades reales de resolver el conflicto ya que no cuenta con herramientas que le permitan tomar medidas eficaces en pos de una solución real. Las carencias son enormes y abarcan aspectos elementales, como son la inexistencia de espacios adecuados para alojar a la victima durante los primeros momentos, de lugares para realizar tratamientos psicológicos gratuitos, etc. Es necesario, pues, puntualizar la importancia de las políticas publicas y el espacio que se les debe asignar en una posible modificación legislativa que busque abarcar toda la problemática, y no solo el procedimiento a seguir en los estrados judiciales.” [4]
Coincidente con lo señalado con la citada autora, las políticas publicas a desarrollar por los poderes ejecutivos de cada provincia como así también de la Nación deben abarcar tres niveles diferentes: Uno de ellos, es la información participativa a través del cual no solo se busca la prevención, informando los derechos como así también los deberes que cada persona –mujeres tienen-, si no también generando talleres y otros espacios de reflexión que permitan a las personas no solo recibir información sobre ello si no participar a los fines de comprender esta problemática social pasando de ser un mero espectador pasivo de dicha información a tener una participación activa en la prevención. Por el otro lado la existencia de lugares cercanos a los cuales las victimas pueda recurrir a cualquier hora para poder definir como actuar frente a hechos de violencia. Así por ejemplo tomadas las medidas previstas en el art. 21 de la Ley 9283, se le debe proporcionar a la victima la información necesaria para que inicie las acciones que correspondan frente a esta nueva realidad familiar, así en el caso de no decretarse alimentos, tenencia y/o régimen de visitas en relación a los menores, se les debe informar o sugerir que concurran ante el Asesor Letrado de la sede judicial y/o un letrado de la matricula a los fines de iniciar las acciones pertinentes.
El tercer nivel sería brindar soluciones paliativas a los “plus” o agregado generador de situaciones de violencia, ya que el hacinamiento, la carencia de privacidad, los espacios reducidos, etc., inciden en el comportamiento de los integrantes del grupo. Es decir que las políticas publicas no pueden desconocer este elemento generador de violencia, razón por la cual debe buscar fijarse colaboraciones económicas para que la victima pueda tomar distancia del riesgo físico y moral que las amenaza, sin que ello implique generar una relación de dependencia con el Estado si no una vía que le permita abrirse camino frente a su nueva realidad, esta posibilidad ya ha sido creada por el Gobierno de la Provincia de Córdoba, a través de la creación del subsidio de pesos doscientos que se le otorgan a las victimas de violencia familiar. )ver pagina internet(
Por último, podemos señalar que la desinformación de las personas que sufren violencia familiar las lleva a creer, como a tantas otras, que la justicia penal solucionara todos sus problemas, ello no es la realidad, ni debe serla, porque la justicia penal no es la más adecuada para cumplir con la finalidad de la Ley 9283, que en su Artículo 2º dispone: “ Los bienes jurídicos tutelados por esta Ley son la vida, la integridad física, psicológica, económica y sexual, así como el desarrollo psicoemocional de los integrantes del grupo familiar”. El Fiscal encargado de la Instrucción Penal no cuenta con los conocimientos específicos para resolver dicha problemática, ni con equipos interdisciplinarios que lo asistan, toda vez que su misión es representar el interés del Estado en el mantenimiento del orden y en la vigencia de la norma afectada con la comisión del delito. En cambio los Jueces con competencia en asuntos de familia cuentan con mayores herramientas y experiencia para resolver dicha problemática, contando en la mayoría de estos juzgado con personal idóneo en la materia (psicólogos, trabajadores sociales).
Cuando se afirma que el Estado no cuenta con los recursos necesarios para dar una solución concreta a través de la creación de centros de asistencias a las victimas de violencia, debe pensarse que cada acto de violencia familiar importan una violación a los derechos humanos amparados constitucionalmente, y que, consecuentemente esa vulneración se profundiza cuando el Estado no proporciona los medios necesarios para remediarla, ya que de no hacerlo la Ley será pura declamación y la justicia continuara siendo una palabra desconocida para quienes en su propio hogar sufren vejaciones a sus derechos mas esenciales.
[1] Los Derechos Humanos en el Sistema Interamericano, Compilación de Instrumenos, Edición 2007, Editorial CEJIL, pag. 127/128
[2] . Pagina Web:
[3] Investigación realizado por el Cuerpo Auxiliar Técnico Multidisciplinario de la Ciudad de Córdoba en el año 2008-2009, expuesto en el Seminario Causas y Efectos de la Violencia Familiar como problema social, 14 de mayo de 2010. Centro de Perfeccionamiento Ricardo Nuñez.
[4] Citada autora, Protección contra la Violencia Familiar, Ley 24417, Editoral Rubinzal- Culzoni, Pag. 147/148